Prisión para dos acusados del crimen que causó el ‘éxodo’ en La Mina

14/03/2018 – La Audiencia condena a 17 años y a pagar más de medio millón de euros al autor material del crimen, por el que huyeron 68 familias del barrio.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de prisión a dos de los tres acusados por la muerte de un hombre de 28 años en una discoteca del Port Olímpic de Barcelona en enero de 2016 y que provocó la huida de medio millar de personas en el barrio de La Mina, como también en Sant Roc, en Badalona, por temor a una venganza.

 

Después de que un jurado popular concluyera por unanimidad que los procesados eran culpables en distinto grado del homicidio, la sentencia dicta una pena de cárcel de 17 años para Luis C. F., como autor de un delito de lesiones y otro de asesinato con alevosía al matar a Daniel U. al clavarle “un cuchillo en el torso que le perforó la arteria torácica”. La jueza afirma que cometió una agresión “totalmente gratuita motivada por un incidente nimio” con el tercer acusado, al que se libra de prisión, y que abandonó el local “sin la mínima preocupación por la víctima”. A su vez, resalta que “llevaba injustificadamente un arma con la que causó la muerte” a su rival.

 

A su vez, impone cuatro años de prisión a Juan Manuel V. F., por haber causado heridas con un objeto cortante a la víctima junto a Luis C. F.. El tribunal sostiene que los dos acusados atacaron con “objetos cortantes” a su oponente “de común acuerdo y con intención de causarle un detrimento físico”, aprovechándose de la “indefensión” de la víctima, debido al “precario estado físico en el que se encontraba debido al previo consumo de alcohol” y a que arremetieron contra él cuando estaba de espaldas y solo.

 

A su vez, Luis C. F. -que ya se hallaba en prisión provisional- deberá indemnizar a los dos hijos del fallecido pagando 200.000 euros a cada uno, 100.000 euros a su viuda y 40.000 más a su madre. En total, más de medio millón de euros. El autor del homicidio y Juan Manuel V. F. tendrán que abonar otros 3.500 euros por las lesiones que provocaron a la víctima en la pelea. Ambos -residentes en Sant Adrià- no podrán acercarse a menos de un kilómetro de la viuda, los hijos y la madre del fallecido durante los próximos años.

 

Al tercer acusado, Gabriel R. F., se le declara responsable de un delito leve de maltrato, al considerarse que agredió sin lesionar a Daniel U. y al no haberse probado que se confabulara con los otros agresores para dañarle. Se deduce que fue quien inició la discusión con la víctima “por motivos que se ignoran” y no lo auxilió tras ser malherido. Le impone una multa de seis euros diarios durante dos meses.

 

La resolución rebaja las peticiones de pena de Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban cinco años para Juan Manuel V. F. mientras que pedían para Luis C. F. 22 y 24 años de encarcelamiento, respectivamente. La jueza rechaza aplicar la pena máxima al no apreciar que concurran más supuestos de especial gravedad contemplados en el Código Penal que la alevosía.

 

El crimen provocó un grave conflicto social en los barrios de La Mina y Sant Roc. La víctima era miembro del clan de los Baltasares, que lanzaron una amenaza indiscriminada de venganza contra los Pelúos y otras familias de etnia gitana con las que los incriminados están emparentados. Decenas de familias huyeron de sus viviendas y sus quehaceres durante semanas, malviviendo en algunos casos en vehículos o casas ocupadas. Algunos de los parientes más próximos a los implicados no han vuelto a su hogar. En La Mina, 68 familias emprendieron el ‘éxodo’; de ellas, una veintena seguían fuera del barrio un año más tarde del suceso.

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